SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1024/2002-R
Fecha: 27-Ago-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 18 de julio de 2002 (fs.1), el recurrente manifiesta que el 17 de julio a horas 19, en virtud de un mandamiento de apremio librado por el Juez Cuarto de Partido de Familia, efectivos de la Brigada de Protección a la Familia irrumpieron en su domicilio procediendo a su arresto y posterior detención en celdas de esa dependencia policial, sin respetar sus derechos constitucionales y menos la inviolabilidad de su domicilio, garantizado y protegido por el art. 21 de la Constitución Política del Estado (CPE), toda vez que el mandamiento ejecutado no habilita horas extraordinarias o días inhábiles y menos otorga facultades de allanamiento, por lo que fue indebidamente detenido cuando se encontraba reposando en su domicilio.