AUTO CONSTITUCIONAL 414/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 414/2002-CA

Fecha: 05-Sep-2002

presentar  el actuado judicial donde conste  el ingreso del expediente a despacho de la autoridad recurrida,  en su defecto, todos los actuados  efectuados desde la notificación   con el decreto de 11 de mayo de 2002 hasta el pronunciamiento del Auto de 5 de agosto de 2002, por la Jueza recurrida, en fotocopias legalizadas o tesimonio.

En consecuencia la recurrente, debe presentar  el actuado judicial donde conste  el ingreso del expediente a despacho de la autoridad recurrida,  en su defecto, todos los actuados  efectuados desde la notificación   con el decreto de 11 de mayo de 2002 hasta el pronunciamiento del Auto de 5 de agosto de 2002, por la Jueza recurrida, en fotocopias legalizadas o tesimonio.