SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1126/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1126/2002-R

Fecha: 18-Sep-2002

I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.

Que, en su calidad de cabo de la Policía Nacional, desde hace tiempo no percibe salario y se le prohibió el ingreso a su fuente laboral en la policía Rural y Fronteriza. Al no haber recibido memorandún de retiro recurrió a la justicia ordinaria y por Orden Judicial se enteró que estaba dado de baja desde diciembre de 2000, destitución que no conoció de manera personal.

Que, a través de la Resolución 33 de 10 de octubre de 2000, el Tribunal Sumariante del Comando Departamental dictó en contra suya un Auto de Procesamiento, por supuesta recepción de dinero (el mismo que se devolvió) y se prosigue la causa con una acusación diferente a la inicial, por reuniones clandestinas con la Sra. Guadalupe Cárdenas y por realizar una huelga de hambre para la amnistía de 600 policías procesados.

Que, los actos ilegales se manifiestan en la iniciación de un proceso en contra suya por una causa y que concluyó por otra diferente; además, se le ha aplicado una sación sin antes procederse a la instauración de un proceso disciplinario conforme a los arts. 20 y siguientes del Reglamento de Disciplina y Sanciones de la Policía Nacional.