Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1157/2002-R
Fecha: 23-Sep-2002
II.3.
II.3. Que, a solicitud de la madre del recurrente y por haber éste ocasionado daños de acuerdo al art. 400 del Reglamento de Tránsito, las autoridades policiales procedieron a la detención del recurrente desde horas 3:30 hasta horas 17:00 del 19 de agosto de 2002 (informe de fs. 14 y lo manifestado en audiencia por el abogado del recurrente).