Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En cumplimiento a lo establecido en el art. 47.II de la Ley N° 1836, el suscrito fundamenta su voto disidente con relación a la Sentencia Constitucional 0061/2003 de 15 de enero, y lo hace en los siguientes términos:
Fecha: 16-Ene-2003
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