todos los actuados judiciales pronunciados
Sinfa Norma Aguirre de Maldonado dentro del proceso ejecutivo seguido en su contra y la de otro por la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Paz”, solicita a la Jueza de la causa promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra todos los actuados judiciales pronunciados dentro del referido proceso ejecutivo, argumentando que: 1º) para instaurar un trámite judicial o demanda ordinaria de cualquier especie, debe de ser necesario un poder de carácter especial o específico, con un sujeto y objeto definido en su contenido conforme el art. 835-I del Código civil y no como lo manifiesta el art. 810-I de la misma ley sustantiva; 2º) la Resolución 783/2000 de 27 de octubre de 2000 (auto intimatorio) resulta ser fiel reflejo en la cantidad o monto de la liquidación acompañada y presentada por la parte ejecutante, igualmente la Resolución 644/2001 (sentencia), lo que denota -afirma- total parcialidad en la administración de justicia a favor de las entidades financieras, vulnerándose el art. 3-3) del Procedimiento civil así como el art. 90 de la misma ley y, 3º) el Auto de Vista de fs. 136 resulta ser la confirmación de todas las anormalidades ocurridas que le causan perjuicio en su patrimonio, su familia y su economía, encontrándose en total desventaja y desigualdad jurídica.
