Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1470/2003-R
Fecha: 06-Oct-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 29 de julio de 2003 (fs. 28 y 29), el recurrente aduce que “interpuso” recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad “por ante el Tribunal Primero de Sentencia de la ciudad de La Paz”, que fue rechazado por las autoridades recurridas con el argumento de que el proceso penal concluyó con la Sentencia y no existe resolución judicial pendiente, con lo que se ha desconocido lo previsto por el art. 61 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), cuando en rigor de verdad, el merituado recurso fue planteado antes de la ejecutoria de la Sentencia emitida en su contra, debiendo las autoridades recurridas tramitarlo conforme a ley.