SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1514/2003-R

Fecha: 27-Oct-2003

III.2

III.2  Cabe destacar que el hecho de que el recurrido hubiera emitido un nuevo memorando de designación en favor de la afectada, no supone la desaparición del hecho ilegal demandado, ni la aplicación del art. 96.2) Ley del Tribunal Constitucional (LTC), toda vez que esa orden es de data posterior a la citación de dicha autoridad con el presente recurso, lo que conlleva en todo caso el reconocimiento expreso del acto ilegal denunciado, conforme ha establecido la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional contenida en las Sentencias Constitucionales (SSCC) 629/2001-R y 441/2002-R, entre otras.