SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1532/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1532/2003-R

Fecha: 30-Oct-2003

a)

Los recurrentes ratificaron y reiteraron los términos de la demanda, añadiendo que: a) deberían ser restituidos a los cargos de origen que tenían al momento de haberse producido el acto ilegal  y no a ser una restitución vía contrato o vía un acto administrativo que eluda la norma; b) es la primera vez que se enteran de la Resolución Ministerial que alega la recurrida, disposición que no fue presentada en el recurso de revocatoria menos en el jerárquico.

La recurrida en audiencia y en su informe cursante a fs. 107 y 108 sostuvo lo siguiente: a) el Ministerio de Hacienda sólo dio cumplimiento a las restricciones presupuestarias impuestas por la Ley 2449 del Presupuesto General de la Nación, que por su ejecución inmediata reemplaza o sustituye al preaviso por su carácter de fuerza mayor, situación que dio lugar a la emisión de memorandos de retiro por supresión de ítems de los actores, los mismos que se hallan debidamente eliminados mediante Resolución Ministerial 168 de 25 de abril de 2003; b) la Dirección a su cargo realizó intensas gestiones ante el Viceministerio de Presupuesto para conseguir los recursos necesarios para cumplir con lo dispuesto por la Superintendencia del Servicio Civil logrando que se excluya el pago de horas extras de funcionarios de apoyo; c) comunica a los recurrentes a través de la Corte de amparo, que a partir del 18 de agosto de 2003, quedan reincorporados a dicha institución, debiendo pasar a recepcionar sus memorandos respectivos, ya que cumplirán las mismas funciones que tenían pero con otros ítems que fueron creados; d) es evidente que se omitió el preaviso a los recurrentes.