Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1532/2003-R
Fecha: 30-Oct-2003
procedente
La Resolución, cursante a fs. 112 y 113, pronunciada el 15 de agosto de 2003 por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara procedente el recurso, sin multa por ser excusable, con los fundamentos siguientes: a) no obstante la instrucción dispositiva de la Superintendencia del Servicio Civil, los recurrentes aún no fueron reincorporados a su fuente de trabajo, suprimiéndose su legítimo derecho al trabajo y a una justa remuneración; b) la autoridad recurrida ha reconocido la decisión del Ministerio de Hacienda de reincorporar a los recurrentes a partir del 18 de agosto de 2003 a sus mismos cargos e igual nivel salarial.