AUTO CONSTITUCIONAL 513/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 513/2003-CA

Fecha: 05-Nov-2003

Resolución de 7 de octubre de 2003

La recurrente refiere que su persona conjuntamente varias autoridades comunales habían presentado una solicitud de concesión minera ante la Superintendencia de Minas de Oruro bajo el nombre de “CACHI CACHI”, ubicada en el Departamento de Oruro, sin embargo, la autoridad recurrida, de oficio,  sin tomar en cuenta que el Código de Minería señala las circunstancias en que una nulidad en materia minera procede y sin que el hecho en que se funda se enmarque dentro de tales causales,  fundamentando esa supuesta nulidad minera en observaciones de su nombre, que no se ajustan a derecho, emite la Resolución de 7 de octubre de 2003, que es la que impugna ahora, en cuya parte resolutiva, anula obrados hasta fs. 8 inclusive, anulando el pago de patentes y los depósitos por concepto de valores.