rechaza el incidente
Con la respuesta de la parte contraria, Eddy Arequipa Cubillas, Juez Instructor de Quime-Provincia Inquisivi, La Paz, por Resolución 135/03 de 30 de octubre de 2003, rechaza el incidente por ser manifiestamente infundado ya que no cumple con las determinaciones legales contenidas en el art. 60 de la Ley 1836, además de encontrarse el presente proceso ejecutivo en la fase de ejecución de sentencia, asimismo dentro del proceso en cuestión no existe ningún vicio de nulidad, mucho menos vulneración al orden constitucional al que se enmarca los actos del juzgador. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley 1836, del Tribunal Constitucional (LTC), es elevada en consulta ante este Tribunal.
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2.1 Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- Fragmento 4
- la mención de la ley, decreto o resolución no judicial cuya inconstitucionalidad se cuestiona y su vinculación con el derecho que se estima lesionado; el precepto constitucional que se considera infringido y la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso
- carezca en absoluto de contenido jurídico-constitucional
- APRUEBA
