Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1591/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
1)
En el Informe escrito de fs. 46, señala: 1) desconoce los antecedentes documentales puesto que el anterior Director Distrital no le hizo entrega de la oficina; 2) la situación resulta por demás “delicada y comprometedora” y que de acuerdo a lo informado por el Asesor Legal del SEDUCA, la denuncia interpuesta contra el recurrente es completamente falsa; 3) su Dirección no se opondrá a la reincorporación del indicado, para lo que espera el fallo final