procederá en los procesos judiciales o administrativos
Conforme establece el art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o resolución no judicial aplicable a aquellos procesos. Este recurso será promovido por el juez, tribunal o autoridad administrativa, de oficio o a instancia de parte. Por otro lado, el art. 62 LTC se refiere a la sustanciación del incidente ante la autoridad legitimada para promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad.
- Miguel Zubieta Miranda, Hevert Choque Tarque, Nelson Guevara Aranda y Juan Hoyos Velásquez, Secretario Ejecutivo, Secretario General, Secretario Permanente y Secretario de Conflictos de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia,
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- procederá en los procesos judiciales o administrativos
- acción jurisdiccional extraordinaria
- sin tener legitimación activa
- RECHAZA
