Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1762/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
II.1
II.1 Mediante proveído de 5 de septiembre de 2003, el Tribunal del recurso dispuso que con carácter previo a la admisión de la demanda, el recurrente dé cumplimiento a lo establecido por el art. 97 parágrafos II, IV, V y VI LTC, siendo notificado a horas 15:20 del 5 de septiembre de 2003 (fs. 49).