SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1775/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1775/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

II.1.

II.1.    La demanda de amparo fue presentada el 18 de septiembre de 2003, emitiéndose el Auto de 20 del mismo mes, por el Tribunal del recurso que dispuso que con carácter previo el recurrente: 1) exponga con claridad y precisión los hechos que le sirven de fundamento; 2) precise los derechos y garantías que considera restringidos o suprimidos y 3) fije con precisión el amparo que solicita, en suma cumpla con lo establecido por los incs. 1), 3), 4) y 6 ) del art. 97 LTC, otorgándole al efecto el plazo de 48 horas, bajo alternativa de tenerse por no presentado el recurso. El recurrente fue notificado con esa determinación el 22 del mismo mes a  horas 17:50 (fs. 30 y vta).