SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1867/2003-R
Fecha: 15-Dic-2003
a)
La recurrente ratificó y reiteró los términos de la demanda, agregando que: a) el art. 168 del Código de Tránsito (CT) señala que el secuestro podrá ordenarse por la policía u otra autoridad cuando el vehículo es utilizado con fines delictivos, sin embargo su persona en ningún momento utilizó el mismo con tales finalidades, puesto que lo único que hizo fue adquirirlo como bien propio e inscribirlo en el registro correspondiente, y sólo le dio un uso común; b) se ha violado el principio de presunción de inocencia porque se está presumiendo la culpabilidad de su persona, quien no es parte en el proceso penal seguido por Virginia Vaca Algarañaz y otros contra Oscar Silvestre Paz Chávez y Ronald Muñoz Vaca, en el que se dispuso el secuestro de su motorizado.
La autoridad recurrida en el informe cursante a fs. 69, sostuvo lo siguiente: a) la recurrente no es parte imputada ni menos responsable civilmente dentro del referido proceso penal, sin embargo, los hechos que originan la iniciación del juicio y que motivan la acusación por los delitos de falsedad material e ideológica, cuestionan y ponen en duda la legalidad de la documentación en la que se ampara para señalar que es propietaria del motorizado cuyo secuestro se ordenó; b) la actora no puede alegar que su derecho propietario sobre el vehículo en cuestión está definido y es legal, y que al existir un pronunciamiento judicial al respecto, está perfeccionado el mismo, ya que lo nulo nunca prescribe, y en el caso presente la legalidad de la transferencia por la cual la recurrente adquiere la titularidad del bien, está sujeta al resultado del juicio penal, por lo que no puede alegar transgresión a sus derechos a la propiedad privada ni a la seguridad jurídica; c) tampoco puede aducir violación al derecho a la presunción de inocencia, ya que al haberse dispuesto el secuestro, no se la está condenando a la pérdida de sus derechos expectaticios sobre el vehículo, sino se está buscando que quede libre de cuestionamiento y saneado ante la ley. Solicitó se declare improcedente el recurso.