AUTO CONSTITUCIONAL 0008/03-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0008/03-ECA

Fecha: 26-Feb-2003

I.1

I.1       Que el Tribunal Constitucional “explique, complemente y enmiende... en la Sentencia Constitucional Nº 1315/2002-R” porqué no considera y se pronuncia sobre la violación del art. 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil, norma procesal que obliga a que las Sentencias contengan decisiones expresas y precisas, toda vez que la letra de cambio constituía una garantía tal como lo demuestra  el documento de 12 de octubre de 1999.