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    AUTO CONSTITUCIONAL 054/2003-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 054/2003-CA

    Fecha: 05-Feb-2003

    FORMALES OBSERVADOS

    El articulo 32 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) establece que si la Comisión de Admisión observare la existencia de defectos formales subsanables, dispondrá que el recurrente los salve en el plazo de diez días. Si dentro de este plazo no se subsanare, se tendrá por no presentado el recurso.

    • Ordenanza Municipal
    • Ordenanza Municipal 250/2001-H Concejo Municipal de La Paz, de 11 de diciembre de 2001
    • FORMALES OBSERVADOS
    • Fragmento 4

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