APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 24 de enero de 2003, pronunciada por Guido Salas Guardia, Juez Séptimo de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, cursante a fs. 7 del expediente.
