Estatuto Orgánico de la Confederación Nacional de Maestros Jubilados de Bolivia
José Francisco Montoya Maldonado en representación de Freddy Saravia Tordoya, Alberto Verazain Eguez, Mercedes Morant, Elffy Aguilera Viera, Walter Saavedra, Freddy Ortiz Raldez, Herland Chávez, Guido Huarastaca, Norah Vaca de Soruco y Carlos Villarroel Lino, dentro del proceso disciplinario seguido a instancias de la Federación Departamental de Maestros Jubilados del Distrito de Santa Cruz , solicita al Tribunal Nacional de Disciplina Sindical del Magisterio Jubilado, promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el Estatuto Orgánico de la Confederación Nacional de Maestros Jubilados de Bolivia y el Estatuto Orgánico de la Federación Departamental de Santa Cruz de 12 de agosto de 1988, argumentando que resultan inconstitucionales los mencionados estatutos y sus reglamentos por cuanto no se puede aplicar errónea e ilegalmente para sancionar supuestos delitos de jurisdicción ajena transgrediendo el art. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE), además que los mismos aún no se encontraban vigentes a tiempo de la supuesta comisión de los delitos o de las infracciones sancionadas por las resoluciones y Auto Final de 4 de noviembre de 2002 dictado por el Tribunal disciplinario de Santa Cruz, constituido posteriormente a los hechos sometido a su resolución, en franca contravención del art. 14 CPE.
- Alejandro Torrejón M., Presidente del Tribunal de Disciplina Sindical de COMAJUB,
- Estatuto Orgánico de la Confederación Nacional de Maestros Jubilados de Bolivia
- rechaza el incidente
- ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial
- resoluciones que emanen de autoridades públicas no judiciales,
- emanen
- APRUEBA
