Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0150/2003-R
Fecha: 11-Feb-2003
I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
Que, el 29 de septiembre de 2002, como consecuencia de un accidente de tránsito, Manuel Serrano Vidaurre (hermano de la recurrente), fue internado de emergencia en el Hospital Alfonso Gumucio Reyes de la ciudad de Montero, pero por la gravedad del cuadro clínico fue trasladado al Hospital Japonés de la ciudad de Santa Cruz.
Que, el Hospital Japonés es un centro de salud público que depende del Estado, cuya asistencia debe ser obligatoria y gratuita por lo que la actitud de la planta administrativa del nosocomio vulnera los arts. 7-a) y 9 de la Constitución Política del Estado (CPE); constituyendo dicha arbitrariedad detención ilegal.