SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0163/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0163/2003-R

Fecha: 17-Feb-2003

I.2.2                Informe de la autoridad recurrida.

El Juez demandado informó que en respuesta a la solicitud de internación, indicó que todo certificado médico debe estar expedido por el médico forense y no por un médico particular, no teniendo facultades para liberar o dejar sin efecto un mandamiento de apremio cuando el fallo está ejecutoriado, pues es evidente que la defendida del recurrente fue procesada en rebeldía, existiendo una sentencia ejecutoriada en el proceso social seguido en su contra (fs. 5).