Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0192/2003-R
Fecha: 19-Feb-2003
II.3
II.3 Por Informe de Reclamación 196/2001 de 6 de noviembre de 2001 dirigido al Superintendente de Electricidad, el Analista Técnico de esa entidad recomienda que se desestime la denuncia de Félix Villarroel, debido a que ELECTROPAZ no negó el suministro de energía eléctrica, sino que no pudo conectar ese servicio por la acción de un tercero debido a la existencia de problemas de derecho propietario (fs. 9-11), informe que fue remitido por el Superintendente de Electricidad a conocimiento del hoy recurrente por nota de 16 de noviembre de 2001 (fs. 7).