SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0258/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0258/2003 - R

Fecha: 28-Feb-2003

III.2

III.2   Que en el caso de autos, respecto a la ilegalidad de la resolución de rechazo de la denuncia pronunciada por el Fiscal recurrido, cabe indicar que la misma fue objetada por el recurrente ante el Fiscal del Distrito como instancia superior del recurrido, habiendo dicha autoridad al tenor del art. 305 CPP confirmado el rechazo, consiguientemente la resolución que debía ser impugnada a través del presente Amparo, era la dictada por el Fiscal del Distrito, contra quien resulta lógico debía también dirigirse la demanda, pues la resolución del ahora recurrido fue impugnada ante esa autoridad superior a través del medio ordinario, siendo dicha autoridad la que debe responder por las supuestas lesiones a los derechos citados por el recurrente.