Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0327/2003-R
Fecha: 18-Mar-2003
II.3.
II.3. Que, en la Fiscalía se asigna al caso como el 400/2003; en 23 de enero de 2002, los Fiscales demandados ordenan que se proceda a citar a la recurrente para que comparezca ante el Ministerio Público y la Policía Nacional dentro de las investigaciones que se están realizando en su contra (fs. 2).