SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0368/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0368/2003-R

Fecha: 26-Mar-2003

I.2.2. Informe del recurrido

La autoridad recurrida informó por escrito (fs. 94-95), que el 18 de enero de 2003 el menor Daniel Carvajal Cuno fue hospitalizado de emergencia, a raíz de un accidente de tránsito, brindándosele toda la atención médica necesaria sin siquiera conocerse su identidad hasta que el 30 de enero, recién apareció su padre a quien se le explicó el tratamiento practicado al menor. Asimismo, como es normal en los casos de atención particular, se lo derivó a contabilidad para que averigüe sobre los gastos efectuados sugiriéndosele que se apersone a las oficinas de la Flota San Lorenzo para que cancele todo lo referente a la atención realizada en el hospital. Una vez dado de alta el menor el 12 de febrero, abandonó el servicio en compañía de su tía, sin que su padre se hiciera presente. El recurso no tiene ninguna base ya que la cuenta será cubierta por Seguros 24 de septiembre y por la Flota San Lorenzo, es decir que no existe cuenta alguna contra el padre del menor accidentado, estando el menor fuera del hospital desde el 12 de febrero que fue el día que se le dio de alta, por lo que pidió la improcedencia del recurso.