AUTO CONSTITUCIONAL 0024/2003- ECA
Fecha: 29-Abr-2003
por más de 36 horas
Que, al margen de ello, basándonos en lo que ella misma manifiesta que este Tribunal fue inducido en error por el recurrente -extremo no demostrado-, en la audiencia, la Jueza recurrida como la Fiscal no alegaron que la incomunicación no sobrepasó las 24 horas estipuladas por ley, simplemente se limitaron a indicar que la dispusieron porque existían motivos fundados suficientes para tomar dicha medida, y en ningún momento frente a la denuncia de la abogada del recurrente que expresó textualmente que estuvo incomunicado por más de 36 horas, no aclararon que la solicitud de ratificación como la ratificación misma sólo se refería a las 24 horas ya dispuestas y que ya estaban transcurriendo a tiempo de dictar la resolución ratificatoria.