SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0519/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0519/2003- R

Fecha: 22-Abr-2003

procedente

Concluida la audiencia, el Juez de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo declaró procedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que el recurrente ha sido suspendido por segunda vez y en forma indefinida, sin que conste en el memorando de suspensión si fue sometido o no a proceso, b) que no se evidencia que se hubieran agotado las instancias para haberse adoptado la medida, de lo cual se presume que el Sindicato ha vulnerado los derechos al debido proceso, a la defensa y al trabajo, extremo que también se presume por la inconcurrencia de los recurridos  y c) que no puede existir ningún Reglamento o Estatuto que admita determinaciones arbitrarias que vulneren disposiciones constitucionales, ya que la Constitución es la Ley suprema del ordenamiento jurídico.