I.3.
I.3. Finalmente, concluye el denunciante indicando que estas conductas constituyen un acto de sedición y pide que de acuerdo con los arts. 123 y 126 del Código Penal (CP) los recurridos sean declarados reos de atentado contra las garantías constitucionales tal como lo prevé el art. 19 “in-fine” CPE.
