Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0589/2003-R
Fecha: 06-May-2003
II.7.
II.7. Por memorial presentado el 5 de diciembre de 2002 (fs. 25), la recurrente y otras personas solicitaron al Prefecto del Departamento su reincorporación a sus fuentes de trabajo, al haber sido despedidos sin tomar en cuenta que son funcionarios institucionalizados. La autoridad administrativa requerida respondió por nota de 17 de enero de 2003 (fs. 26), acompañando el Informe de la Unidad Jurídica del SEDES, el mismo que expresa que en las convocatorias y procesos de selección por concurso de méritos y examen de competencia habrían existido irregularidades que deben ser revisadas (fs. 28 a 30).