SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2003-R

Fecha: 06-May-2003

III.1

III.1  El art. 9 CPE establece que nadie puede ser detenido, arrestado ni puesto en prisión sino en los casos y según las formas establecidas por Ley requiriéndose para la ejecución del respectivo mandamiento, que éste emane de autoridad competente y sea intimado por escrito; y el art. 10 determina que todo delincuente “in-fraganti” puede ser aprehendido aún sin mandamiento, por cualquier persona con el único objeto de ser conducido ante autoridad competente, situación que no se presentó en el caso que se analiza, pues de los antecedentes procesales se constata que si bien el mandamiento ejecutado por el recurrido el 19 de noviembre de 2002 es legal y otorgaba facultades de allanamiento, la autoridad policial demandada, estaba en la obligación de poner al detenido a disposición de la autoridad competente en el plazo establecido por ley para que defina su situación jurídica, lo que no ocurrió, pues indebidamente lo entregó al Alcaide de la Cárcel Pública de Serrano, lo que evidencia que no se guardaron las formalidades legales en la detención del recurrente.