Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2003-R
Fecha: 06-May-2003
III.2
III.2 El mandamiento de referencia fue librado cuando el proceso penal que se le siguió se encontraba en trámite, contando a la fecha con sentencia ejecutoriada por lo que el mandamiento ejecutado ya no tiene valor legal, pues en todo caso debió librarse el mandamiento de condena que recién fue emitido el 19 de noviembre de 2002, sin embargo se lo detuvo en la Cárcel Pública con un mandamiento que no correspondía. No obstante de que en la actualidad el recurrente se encuentra cumpliendo su condena- en el Manicomio Gregorio Pacheco de Sucre, ello no desvirtúa la ilegalidad en que incurrió el demandante, ni le exime de responsabilidad.