SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0611/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0611/2003-R

Fecha: 07-May-2003

I.1.1. Hechos que motivan el Recurso

Que, dentro del proceso penal de acción privada seguido a querella de Luis Fernando Roberto Landivar Roca contra Juan Héctor Santa Cruz Rodríguez  (representado del recurrente), en 20 de marzo de 2003 el demandado planteó a conocimiento del Juez recurrido declinatoria de competencia y solicitó la suspensión de la audiencia confesoria señalada.

Que, la solicitud de declinatoria se debió a que el Juez Liquidador Tercero de Instrucción en lo Penal de Cochabamba previno competencia por haber presentado el querellante su querella en la ciudad de Cochabamba, lugar donde el representado del recurrente prestó su declaración confesoria, formuló apelación del Auto de apertura de la causa y opuso excepciones.

Que, el Juez recurrido debió resolver la declinatoria de competencia, por estar tramitándose un segundo proceso por los mismos delitos y entre las mismas partes, violándose el principio del non bis in idem al existir doble procesamiento. Además, el representado del recurrente como abogado emitió opiniones por las que es inviolable según la ley de la abogacía.