Fragmento 2
Dentro del plazo previsto por el art. 33.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por memorial que antecede Pierre Chain Wanna interpone recurso de reposición del Auto Constitucional 274/2003-CA de 18 de junio de 2003, argumentando que interpuso el recurso directo de nulidad cumpliendo a cabalidad todos los requisitos exigidos, toda vez que planteó el recurso dentro del plazo dispuesto por el art. 81 LTC y que lo hizo en su calidad de socio de COTEL La Paz y no como Presidente del Consejo de Administración de dicha Cooperativa por cuanto se encuentra suspendido del cargo, extremo probado por el certificado adjunto que acredita su condición de socio, calidad que le legitima para interponer el presente recurso.
