SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2003-R

Fecha: 17-Jun-2003

a)

La Jueza recurrida informó lo siguiente: a) el asunto motivo del presente recurso ya ha sido verificado y resuelto mediante Resolución 05/03  de 7 de marzo de este año,  pronunciada por la Sala Civil Primera de esta Corte Superior, por lo que  el presente debe ser declarado improcedente según el art. 96-2) de la ley del Tribunal Constitucional (LTC); b) considerando que “las consecuencias del citado amparo ya han sido cumplidas a cabalidad”; pide se imponga a los recurrentes,  costas y multa.