SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0821/2003-R

Fecha: 17-Jun-2003

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

En los memoriales presentados el 5 y 6 de febrero de 2003 (fs. 5 a 6 y 9 a 10), los recurrentes, en su calidad de co-propietarios del lote de terreno y construcciones ubicado en calle 23 Nº 24 del manzano “V” de la Urbanización “Peña Azul” de Alto Irpavi, aducen que en el Juzgado a cargo de la recurrida se tramita el proceso ejecutivo seguido en contra suya y de su esposa por Marina Vargas Toledo, por cobro de $Us3.000.- en el que constantemente se ha vulnerado el procedimiento, pues probaron documentalmente haber efectuado pagos a cuenta que no han sido tomados en consideración en la liquidación practicada, pese a que la Sentencia respectiva señala en su parte final que se reconocerán justos y legítimos pagos.

Igualmente -dicen- en la liquidación inicialmente realizada se aplicó el interés del 6% anual, y luego se aplicó el interés convencional, por lo que al haber suscitado un incidente de nulidad en “18-09-00” (sic), la Jueza aceptó su tramitación al decretar traslado, empero, la misma autoridad sin resolver dicho incidente, emitió la “Resolución No. 921/2000 de 8 de septiembre de 2000”, adjudicando a la demandante su inmueble, que vale aproximadamente $Us30.000.- por  un préstamo  de una cantidad mucho menor.