Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0905/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
III.2
III.2 Conforme ha establecido el Tribunal Constitucional a través de la jurisprudencia sentada en las SSCC 024/2001-R, 1062/2001-R y 1270/2001-R, entre otras, la tutela que brinda el hábeas corpus en cuanto al debido proceso se refiere únicamente a aquellos supuestos en los que se encuentran directamente vinculados al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión; situación que no se da en el caso de autos.