SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1199/2003-R
Fecha: 20-Ago-2003
fs. 35 a 36
En revisión la Resolución 223/2003 de 25 de junio cursante de fs. 35 a 36, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, en el recurso de amparo constitucional interpuesto por Alcira Barriga Vargas contra Ismael Soriano Melgares y J. Carlos Villarpando L., Director y Jefe Regional del Servicio Departamental de Salud (SEDES) de Chuquisaca, alegando la vulneración de los derechos a la vida, a la salud y a la seguridad, al trabajo, a una remuneración justa, a la maternidad y a la seguridad social.
La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, mediante Resolución 223/2003 25 de junio (fs. 35 a 36), admitió el desistimiento y dispuso el archivo de obrados, en consideración a que existe desistimiento expreso de la acción y del derecho, efectuado por la recurrente en mérito al compromiso de otorgarle similares funciones hasta el mes de septiembre de 2003, con lo que cesaron los supuestos actos ilegales impugnados; por otro lado el desistimiento es una forma procesal admitida para poner fin a las controversias jurídicas, en este caso el recurso de amparo constitucional.