AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2003-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2003-ECA

Fecha: 09-Sep-2003

I.2

I.2 Dentro del plazo señalado por el art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurrente pide complementación y enmienda indicando que si bien la resolución de su designación es de 6 de febrero de 2001, se la dictó cuando estaba en plena vigencia la Ley 2028, no siendo evidente que su persona “fue reelecta” en fecha 27 de febrero de 2002, sino ratificada en su cargo de Presidente del Concejo Municipal de Calamarca, según se indica en el art. único de la citada Resolución, que transcribe el recurrente, donde se expresa que “ha sido ratificado y nombrado el Directorio del Concejo Municipal para la gestión 2002...”