AUTO CONSTITUCIONAL 422/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 422/2003-CA

Fecha: 15-Sep-2003

I.2.1 Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por el Banco Ganadero S.A. representado por Carmen Aurora Rodas Ruiz, manifestando que el incidente formulado presenta omisiones insubsanables como el incumplimiento de los inc. b) y e) del art. 41 del Reglamento de procedimientos constitucionales al no haberse adjuntado el texto oficial de la Ley 1760 sobre cuya inconstitucionalidad se recurre y no haberse  explicado en qué medida la decisión final del proceso depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la Ley 1760, además de que el procedimiento establecido por la Ley 1760 no coarta el derecho constitucional a la defensa, el contrato tiene fuerza de ley entre las partes contratantes y  la Ley 1760 fue declarada constitucional, por lo que solicita se rechace el presente recurso.