I.2. Respuesta al recurso
Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por el Banco de Crédito de Bolivia S.A. Sucursal Santa Cruz representado por Adriana Abujder Chajtur de Satt y Sergio Rueda Flores, solicitando se rechace el incidente en base a las siguientes consideraciones de orden legal: 1) El presente proceso coactivo es tramitado al amparo de la Ley 1760, Ley de la República; 2) El recurso interpuesto es manifiestamente malicioso y constituye un claro ejemplo de la doble moral con la que actúa el coactivado; 3) La solicitud del coactivado constituye una actitud terrorista e irresponsable que busca crear inseguridad jurídica; 4) Incumple los requisitos establecidos por los incs. b), d) y e del art. 41 del Reglamento de Procedimientos Constitucionales y, 5º) La Sentencia Constitucional 077/2000 declara constitucional el art. 48 de la Ley 1760, lo que hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella a tenor del art. 65 y 58 de la Ley 1836.
