2)
2) La SC no se pronunció sobre las ilegalidades, violaciones a las leyes emergentes del hecho de que Carmen Padilla de Pérez continúe ejerciendo como Concejala no obstante que desempeña un cargo público administrativo como funcionaria o Directora del Colegio Fiscal “José Manuel Baca”, adecuando su conducta a lo establecido por los arts. 26 y 27 de la Ley de Municipalidades (LM) en franca infracción del art. 68 del Reglamento de Debates y 12.1), 16.IV, 20, 21 y 47 LM
