SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1270/2003-R
Fecha: 01-Sep-2003
III.2 En la misma Resolución de 9 de julio de 2003
Al respecto, cabe señalar que en vista de la ampliación de la querella, la Fiscal recurrida ordenó la citación al recurrente para que amplíe su declaración informativa, y al no haber sido habido, el asignado al caso informó haber pegado la citación en la puerta de su domicilio, sin señalar que haya hecho constar la presencia de un testigo idóneo; formalidad que exige el art. 163 último párrafo CPP, aplicable por expresa disposición del art. 62 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP); y que al haber sido omitida determina la ilegalidad de esa notificación, la cual además no puede ser convalidada, ya que no está demostrado que cumplió su finalidad. Asimismo, la omisión de la formalidad enunciada impide que se pueda sostener que el recurrente hubiera conocido la citación y consiguientemente, hubiera desobedecido la misma, por lo que la aprehensión ordenada el 9 de julio de 2003, no se adecua a lo previsto por el art. 62 último párrafo LOMP, concordante con el art. 224 CPP, por cuanto para proceder a la aprehensión, debe existir certeza de que la citación fue de conocimiento personal del imputado, y que éste se resistió a su cumplimiento, lo que no ocurre en el caso que nos ocupa.