SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1307/2003 - R
Fecha: 09-Sep-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Que, la recurrente, solicita tutela de sus derechos a la dignidad, a la vida, salud, a la seguridad jurídica, al trabajo, a formular peticiones, a percibir una justa remuneración y a la seguridad social, previstos en los arts.6, 7 inc. a), d), h), j) y k) CPE, denunciando que no obstante el Superintendente General del Servicio Civil dispuso que se la restituya en sus funciones de Administradora Regional del SEDES, la autoridad recurrida no ha cumplido con dicha Resolución y si bien retornó a su fuente de trabajo con el mismo ítem, no está ejerciendo las funciones que desempeñaba, habiéndosela bajado de jerarquía y posesionado en sus oficinas al anterior Jefe de Personal Rodolfo Aramayo. Por consiguiente, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.