SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2004-R

Fecha: 14-Ene-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 22 de octubre de 2003 (fs. 178 a 183 ), la  recurrente aduce que dentro del proceso penal seguido por Antonio Majluf Morales en su contra por supuestos e inexistentes delitos de acusación y denuncia falsa, calumnias, injurias y difamación que fue iniciado el año 2001, el querellante en franca confabulación con el Juez Primero de Instrucción en lo “Civil” (sic) realizaron toda clase de actos, diligencias amañadas y fraudulentas con el fin de lograr su aprehensión.

Refiere que una vez dictado el Auto Final de la Instrucción o de Procesamiento, fue remitido ante la Jueza Primera de Partido en lo Penal  Liquidadora, ante quien interpuso recurso de apelación que radicó ante la Sala Penal de la Corte Superior, que dictó el Auto de Vista de 2 de octubre del año en curso, por el que revocó el Auto de Procesamiento por el delito de acusación y denuncia falsa, disponiendo que ese Tribunal no puede pronunciarse respecto a la presunta comisión de los delitos de difamación, calumnia e injuria previstos por los arts. 282, 293 y 287 del Código penal (CP) atribuidos a su persona, en atención a que los mismos son de carácter privado y su trámite procedimental está sujeto a lo previsto por el art. 261 y siguientes del Código de procedimiento penal de 23 de agosto de 1972 (sic) (CPP.1972).

Alega que las Vocales recurridas al disponer que la Jueza Primera de Partido en lo Penal corrija el procedimiento para proseguir el proceso penal a citación directa han incurrido en un evidente y manifiesto acto ilegal, puesto que con esa instructiva impartida se pretende en forma solapada se la someta a un nuevo juicio y por consiguiente a un doble procesamiento por delitos inexistentes.