SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0098/2004-R
Fecha: 21-Ene-2004
II.5.
II.5. El Fiscal de Distrito a.i., David Reyes Vaca, mediante Resolución de 13 de octubre de 2003, revoca el sobreseimiento decretado por el Fiscal de Materia, ordenando que éste emita una nueva resolución conclusiva, valorando la nueva prueba presentada junto con la impugnación (fs. 8 a 10 vta.); el 18 de octubre del mismo año, niega la solicitud de enmienda de la parte querellante y ordena al Fiscal de Materia en conocimiento de la investigación que, en el plazo de diez días, formule acusación contra Pablo Regino Ubaldo y otros; ante el reclamo efectuado por el recurrente, al considerar que la resolución de 18 de octubre fue dictada sin competencia, el Fiscal recurrido, el 25 de octubre de 2003, rechaza la solicitud (fs. 50); el recurrente presenta reclamo ante el Juez de Instrucción Primero en lo Penal, pidiendo la nulidad de las resoluciones impugnadas, que es rechazado el 3 de noviembre de 2003, arguyendo pérdida de competencia a consecuencia del sobreseimiento decretado.