Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0038/2004-CDP
Fecha: 11-Oct-2004
II.5.
II.5. Pese a haber sido notificada con la referida Resolución 045/2004 el día martes 14 de septiembre de 2004, la recurrente solicitó su complementación a través del memorial presentado el 17 de septiembre; es decir, después de haber vencido superabundantemente el plazo de veinticuatro horas, previsto por el art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); lo que motivó, a que la Corte de amparo, de acuerdo a procedimiento, por Auto de 18 de ese mes, rechace la solicitud por extemporánea; por lo que, no corresponde su análisis.