AUTO CONSTITUCIONAL 0082/2004-ECA
Fecha: 08-Oct-2004
I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
Por memorial presentado el 28 de septiembre de 2004, el recurrente una vez notificado con la SC 1518/2004-R, de 22 de septiembre, dentro del plazo otorgado por el art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), presenta solicitud de explicación, complementación y enmienda, para que se explique las razones para haber dado un carácter general y no una interpretación restrictiva al art. 42 del Reglamento del Tribunal Superior de Personal de las Fuerzas Armadas de la Nación, el mismo que se refiere al Tribunal Supremo de las FFAA y de ninguna manera al Tribunal de Personal y si esa disposición tiene primacía sobre sus derechos y garantías. Si el principio de subsidiaridad tiene mayor prerrogativa y es de preferente aplicación al perjuicio irremediable del mal irreversible, injustificado y grave, subalternizando sus derechos constitucionales. Además se explique si ante el estado de necesidad al haber quedado sin efecto la autorización para proseguir sus estudios en la Escuela de Altos Estudios Nacionales, no amerita la urgente necesidad de otorgar la tutela solicitada a fin de evitarle un daño irreparable y grave.
Con esos fundamentos al considerar ilegal la SC 1518/2004-R, el recurrente solicita en la vía de aclaración, complementación y enmienda se determine el derecho que tiene de proseguir su carrera militar, logrando los ascensos que le confiere la normativa especial, reparando el injusto e ilegal agravio que se le infirió.