Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0098/2004-ECA
Fecha: 22-Nov-2004
II.1.
II.1. En la problemática planteada es evidente el error material cometido en la parte resolutiva de la SC 1574/2004-R al mencionar el art. 240 del CPP, por cuanto en el punto III.3. se estableció el incumplimiento de parte de la autoridad recurrida de las formalidades previstas por el art. 340 del cuerpo legal citado que está referido a la notificación a la parte imputada con la querella y la prueba de cargo ofrecida.